Sí, es obligatorio. En 21 de las 32 entidades del país existe una obligación local de traer póliza de responsabilidad civil vigente para circular. Y aunque vivas en uno de los 11 estados que no la tienen, hay una obligación federal que te alcanza en cuanto pisas una carretera federal.
La Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, artículo 63 Bis, exige que todo vehículo que transite por vías, caminos y puentes federales cuente con seguro de daños a terceros. La multa la fija el artículo 74 Bis fracción II: de 20 a 40 días de salario mínimo, entre $6,300 y $12,601 pesos. Se cancela si presentas la póliza dentro de los 45 días naturales siguientes.
Dicho de otro modo: no existe un solo estado del país donde manejar sin seguro sea legal en todos los escenarios.
Todos los montos en UMA de esta guía están calculados con la UMA 2026 de $117.31 diarios, publicada en el DOF el 9 de enero de 2026 y vigente desde el 1 de febrero. La mayoría de tablas en internet aún usan la UMA 2025, alrededor de 3.7% por debajo del monto real de hoy.
¿En qué estados es obligatorio el seguro?
Los comparadores repiten desde hace años la cifra de "19 estados". Está desactualizada. Revisando el texto legal primario aparecen dos entidades más: Quintana Roo (art. 180 de su Ley de Movilidad, reforma del 15-12-2023) y Oaxaca (art. 182, Decreto 1458, del 29-07-2023). El conteo correcto para 2026 es de al menos 21.
| Estado | Fundamento | Multa verificada |
|---|---|---|
| Baja California | Ley de Servicios de Control Vehicular, art. 18 BIS | Primera vez: apercibimiento. Reincidencia: la fija el municipio |
| Chihuahua | Ley de Vialidad y Tránsito, art. 33 fr. V y art. 50 fr. VII | Rango general de 1 a 50 UMA (no tipificada aparte) |
| Ciudad de México | Ley de Movilidad art. 250 y Reglamento de Tránsito art. 46 | 20 a 40 UMA: $2,346 a $4,692 |
| Colima | Ley de Movilidad Sustentable, art. 152 | No fijada en la ley |
| Durango | Ley de Tránsito para los Municipios, art. 37 | No fijada en la ley (tabulador municipal) |
| Estado de México | Reglamento de Tránsito del Edomex, art. 90 Bis | No fijada en fuente verificable |
| Guanajuato | Ley de Movilidad, art. 58 | Delegada al reglamento de cada municipio |
| Jalisco | Ley de Movilidad, art. 124 fr. IV y art. 363 fr. XXXV | 10 a 30 UMA: $1,173 a $3,519 |
| Morelos | Ley de Movilidad, Transporte y Seguridad Vial, art. 204 | No fijada (infracción grave; tabulador reglamentario) |
| Nayarit | Ley de Movilidad, art. 152 y art. 432 fr. IV inciso c | 30 a 100 UMA: $3,519 a $11,731 |
| Nuevo León (Monterrey) | Reglamento de Tránsito y Vialidad de Monterrey, art. 146 | 20 a 25 UMA: $2,346 a $2,933 |
| Oaxaca | Ley de Movilidad, art. 182 | No localizada |
| Puebla | Ley de Movilidad y Seguridad Vial, art. 153 y art. 164 | 20 a 40 UMA: $2,346 a $4,692 |
| Querétaro | Ley de Tránsito art. 36 y 63; Reglamento art. 91 fr. V | 5 a 10 UMA: $587 a $1,173 (+4 puntos en la licencia) |
| Quintana Roo | Ley de Movilidad, art. 180 | No localizada |
| San Luis Potosí | Ley de Tránsito, art. 29 | Delegada a reglamentos y leyes de ingresos municipales |
| Sinaloa | Ley de Movilidad Sustentable, art. 400 | Rango general de 1 a 50 UMA |
| Tabasco | Ley General de Tránsito y Vialidad, art. 40 | Delegada a normatividad reglamentaria |
| Tamaulipas | Ley de Tránsito, art. 14 Bis y art. 49 Bis fr. VIII | 40 a 60 UMA: $4,692 a $7,039, no condonable |
| Veracruz | Ley de Tránsito y Seguridad Vial (Ley 561), art. 46 | No determinada; retiro al corralón |
| Yucatán | Ley de Tránsito y Vialidad, art. 30 | Delegada al Reglamento |
Nuevo León y Estado de México no tienen obligación estatal: en Nuevo León la Ley de Movilidad solo obliga a taxis y transporte concesionado; la obligación general vive en el Reglamento de Tránsito y Vialidad de Monterrey, art. 146 (puede variar en otros municipios). En Edomex pasa igual: la ley estatal solo obliga a concesionarios y la exigencia general está en el Reglamento de Tránsito, art. 90 Bis.
Puebla tuvo un fallo de la SCJN: el 6 de octubre de 2025, la Corte declaró inconstitucional la cancelación de licencia hasta por 10 años que preveía la ley poblana. Esa sanción ya no aplica, pero la obligación del seguro sí quedó ratificada como constitucional.
Los 11 estados sin obligación local
Aguascalientes, Baja California Sur, Campeche, Chiapas, Coahuila, Guerrero, Hidalgo, Michoacán, Sonora, Tlaxcala y Zacatecas no tienen hoy una obligación estatal exigible para autos particulares.
Ojo con leer eso como "aquí no necesito seguro". Ahí sigue aplicando el artículo 63 Bis federal en cuanto sales a carretera, con su multa de $6,300 a $12,601. Campeche ya tiene el mandato legislativo (art. 113 de su Ley de Movilidad) pero la ley de tránsito todavía no lo desarrolla; Aguascalientes tiene una iniciativa presentada desde mayo de 2025, aún no aprobada.
Cuánto es la multa por no traer seguro
Aquí está la parte incómoda que las tablas de internet esconden: solo 7 de los 21 estados fijan el monto en su propia ley. Los otros 14 lo delegan a un reglamento de tránsito municipal o a un tabulador que cambia de un municipio a otro.
| Entidad | Rango en UMA | En pesos |
|---|---|---|
| Querétaro | 5 a 10 | $586.55 a $1,173.10 |
| Jalisco | 10 a 30 | $1,173.10 a $3,519.30 |
| Monterrey | 20 a 25 | $2,346.20 a $2,932.75 |
| Ciudad de México | 20 a 40 | $2,346.20 a $4,692.40 |
| Puebla | 20 a 40 | $2,346.20 a $4,692.40 |
| Tamaulipas | 40 a 60 | $4,692.40 a $7,038.60 |
| Nayarit | 30 a 100 | $3,519.30 a $11,731.00 |
Para el resto, cualquiera que te dé una cifra estatal exacta te la está inventando o la sacó de otro blog. Guanajuato es el mejor ejemplo: dentro del mismo estado, San Miguel de Allende maneja 20 a 40 UMA, Celaya 2 a 5, Irapuato 5 a 10, León 20 a 30 y Guanajuato capital hasta 100 a 120. Es el mismo estado y la multa se multiplica por veinte según dónde te paren.
El rango nacional realista va de unos $600 pesos en el extremo bajo (Querétaro) a más de $12,000 en el federal.
- La mayoría son condonables: CDMX y Guanajuato capital dan 45 días naturales para presentar la póliza y cancelar la multa; Jalisco 20 días hábiles; Baja California 30 días.
- Tamaulipas es la excepción dura: su ley dice expresamente que la multa no puede ser condonada ni reducida.
- En algunos estados te quitan el coche: Veracruz manda al depósito vehicular cualquier unidad sin póliza de RC; Yucatán contempla inmovilización; Morelos permite retirar el vehículo hasta acreditar la contratación; Chihuahua solo lo hace si además falta otro documento.
La multa más alta del país, la federal, llega a $12,601. Un choque donde lastimas a alguien y destrozas un auto de agencia se va a seis cifras, y eso sale de tu bolsillo.
Qué cubre el seguro obligatorio y qué no
El seguro que la ley exige es el de responsabilidad civil (RC), el más básico de todos. Cubre exclusivamente lo que tú le haces a otros:
- Daños materiales a terceros: el auto, la barda, el poste o el local que dañaste.
- Gastos médicos a terceros: la atención de personas lesionadas en el accidente que causaste.
- Defensa legal: según la aseguradora, apoyo con el ajustador y el proceso si escala.
El seguro de responsabilidad civil NO cubre tu propio auto. Si chocas y tu coche queda dañado, la reparación la pagas tú. Si te lo roban, no hay indemnización. Si le cae granizo, se inunda o le cae un árbol, no hay pago. Tampoco cubre tus propios gastos médicos como conductor.
Las tres coberturas, con precios reales
Cotizaciones corridas el 1 de agosto de 2026, no estimaciones. KIA K3 EX 2025, CP 44690, hombre de 50 años:
| Cobertura | Precio anual | Aseguradora | Qué agrega |
|---|---|---|---|
| Amplia | $13,758.79 | Quálitas | Todo lo anterior + daños a tu auto por choque, volcadura y fenómenos naturales |
| Limitada | $9,707.71 | Chubb | RC + robo total de tu auto |
| Responsabilidad Civil | $5,341.83 | Chubb | Daños y gastos médicos a terceros |
La RC cuesta 61% menos que la Amplia: $8,417 de diferencia en un año. Además, el ganador cambia según la cobertura: en Amplia gana Quálitas; en Limitada y RC gana Chubb. Ninguna aseguradora gana todo.
La brecha tampoco es igual en todo el país. Mismo auto, mismo perfil, tres ciudades: Nissan Versa Sense 2020, conductor de 35 años:
| Ciudad | RC | Amplia | Diferencia |
|---|---|---|---|
| Querétaro | $4,770 | $8,526 | $3,756 (44% menos) |
| Mérida | $4,951 | $8,707 | $3,756 (43% menos) |
| Monterrey | $5,416 | $7,764 | $2,348 (30% menos) |
En Monterrey la Amplia es más barata que en Querétaro y la RC más cara, así que la brecha se cierra a la mitad. En una plaza puede convenirte pagar la diferencia por la Amplia y en otra no, con exactamente el mismo coche.
Todos estos son ejemplos de cotizaciones específicas. Tu precio depende de tu auto, tu código postal, tu edad y tu historial. Lo constante es el orden: RC abajo, Limitada en medio, Amplia arriba.
Para quién tiene sentido cada cobertura
Responsabilidad Civil
Si tu auto es de bajo valor comercial o ya lo terminaste de pagar. Con un coche de $70,000 y una diferencia de $3,756 al año frente a la Amplia, en cinco años pagarías más de la mitad del valor del auto en primas. La RC cumple la ley y cubre el escenario que de verdad puede arruinarte: lastimar a un tercero.
Cobertura Limitada
Si lo que te preocupa es el robo. Es la gran olvidada del mercado: agrega robo total y en el KIA cuesta $2,646 menos que la Amplia. Útil si dejas el auto en la calle, vives en Edomex —la entidad con más robo de autos asegurados— o en Sinaloa, donde el 84% de los robos son con violencia.
Cobertura Amplia
Si el auto es nuevo o está financiado. Si le debes a la financiera, tu contrato casi seguro exige Amplia. Y si el coche es del año, un choque a tu costa son decenas de miles de pesos de reparación: ahí la Amplia no es lujo, es lo que corresponde.
Consulta las reglas de tu estado
Cada entidad tiene su propio fundamento legal, su multa y sus precios. Revisa la tuya:
Con obligación local: Baja California · Chihuahua · Ciudad De Mexico · Colima · Durango · Estado De Mexico · Guanajuato · Jalisco · Morelos · Nayarit · Monterrey · Oaxaca · Puebla · Queretaro · Quintana Roo · San Luis Potosi · Sinaloa · Tabasco · Tamaulipas · Veracruz · Yucatan
Sin obligación local (aplica el marco federal): Aguascalientes · Baja California Sur · Campeche · Chiapas · Coahuila · Guerrero · Hidalgo · Michoacan · Sonora · Tlaxcala · Zacatecas